Hoy entra en vigor el nuevo paquete fiscal del Gobierno, cuyo texto fue publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que incluye, entre otras medidas, un impuesto sobre las comisiones y los intereses de la banca, un nuevo tributo mínimo global del 15% a las empresas multinacionales en el impuesto de Sociedades, un gravamen sobre los vapeadores.
El paquete fiscal, cuyo texto fue publicado el sábado en el Boletín Oficial del Estado, también incluye un aumetno de dos puntos en el IRPF para las rentas del capital superiores a 300.000 euros
Hoy entra en vigor el nuevo paquete fiscal del Gobierno, cuyo texto fue publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que incluye, entre otras medidas, un impuesto sobre las comisiones y los intereses de la banca, un nuevo tributo mínimo global del 15% a las empresas multinacionales en el impuesto de Sociedades, un gravamen sobre los vapeadores.
Uno de los aspectos más relevantes de esta reforma, de la que dependía un desembolso de 7.200 millones de euros de fondos europeos, es una reconfiguración del gravamen a la banca que se creó en un decreto de medidas por la guerra de Ucrania y que caducará el 31 de diciembre. Este pasará de ser una prestación patrimonial a un impuesto, lo que implica que las haciendas forales y las comunidades autónomas lo podrán gestionar. El gravamen tendrá un tipo progresivo sobre los márgenes de intereses y comisiones de cada entidad, que será del 1% hasta los 750 millones, del 3,5% hasta los 1.500 millones, del 4,8% hasta los 3.000 millones, del 6% hasta los 5.000 millones y del 7% desde 5.000 millones en adelante.
Asimismo, la recaudación obtenida se distribuirá a las comunidades autónomas de régimen común en el año natural siguiente a aquél en el que deba autoliquidarse el impuesto, en función de su Producto Interior Bruto (PIB), una filosofía que sigue el acuerdo de financiación autonómica que los socialistas pactaron con ERC en Cataluña. El importe de la recaudación se pondrá anualmente a disposición de las autonomías de régimen común mediante operaciones de tesorería, cuyo procedimiento se determinará reglamentariamente, y se efectuará en el ejercicio siguiente al de recaudación del impuesto.
El texto publicado en el BOE traspone una directiva comunitaria, que establece un impuesto complementario mediante dos reglas interconectadas, en virtud de las cuales se garantiza que las rentas obtenidas por los grupos nacionales de gran magnitud situados en Estados miembros de la Unión Europea o por los grupos multinacionales cuya matriz esté situada en un Estado miembro de la Unión Europea, en ese último caso tanto si las empresas del grupo están situadas en la Unión Europea como fuera de ella, tributen efectivamente a un tipo mínimo global del 15 por ciento. Estas reglas interconectadas son la regla de inclusión de rentas y la regla de beneficios insuficientemente gravados. De este modo cuando el tipo impositivo efectivo de las entidades constitutivas de los grupos nacionales de gran magnitud o grupos multinacionales, en una jurisdicción determinada, sea inferior al 15 por ciento, se recaudará un impuesto adicional, el impuesto complementario, que permita alcanzar el tipo mínimo global del 15 por ciento, ya sea a través de la regla de inclusión de rentas o, en su defecto, de la regla de beneficios insuficientemente gravados.
El proyecto de ley también contempla medidas para evitar el impacto recaudatorio que supone una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declaró la nulidad parcial de una reforma del Impuesto de Sociedades que ejecutó el exministro de Hacienda del PP, Cristóbal Montoro. Desde el Ministerio de Hacienda actual explican que el objetivo de esta medida es limitar las deducciones de las grandes empresas para aproximar el tipo real que pagan las multinacionales al tipo efectivo. Sin salir del Impuesto de Sociedades, este se ha reducido para las empresas con una facturación inferior a un millón de euros de manera que la base imponible comprendida hasta 50.000 euros tendrá un gravamen del 17% y el resto de la base imponible tendrá un tipo del 20%. La reducción del gravamen será gradual hasta 2027. A su vez, se ha incrementado en dos puntos la tributación de las rentas de capital superiores a 300.000 euros, pasando del 28% al 30%.
La reforma fiscal también incluye medidas para combatir la operativa de las missing traders, empresas que se dedican a la intermediación del negocio de carburantes y se apropian del IVA cobrado por el suministro de hidrocarburos a gasolineras. Esta situación facilita que vendan estos productos por debajo del precio de mercado, suponiendo una pérdida de ingresos para la Hacienda Pública. También se eleva la imposición al tabaco y a los vapeadores, así como un IVA armonizado a nivel europeo a los arrendamientos de vivienda de corta duración y la extensión de la obligación de expedir y remitir factura electrónica a todas las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales.
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