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  Economía  Un juzgado de lo mercantil de Madrid dirimirá la demanda de Iberdrola contra Red Eléctrica por el apagón
Economía

Un juzgado de lo mercantil de Madrid dirimirá la demanda de Iberdrola contra Red Eléctrica por el apagón

21 de abril de 2026
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La demanda de Iberdrola contra Red Eléctrica (REE) por el apagón del 28 de abril de 2025 comienza a dar sus primeros pasos. Un juzgado de lo mercantil de Madrid ha confirmado su competencia para dirimir este litigio por presunta competencia desleal que la compañía presidida por Ignacio Sánchez Galán inició contra el operador del sistema eléctrico, después de que su presidenta, Beatriz Corredor, achacara durante una comparecencia en el Senado parte de la responsabilidad del cero eléctrico que tuvo lugar hace casi un año.

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 La compañía demandó al operador del sistema por competencia desleal después de que su presidenta Beatriz Corredor le achacara en el Senado parte de la responsabilidad del cero eléctrico  

La demanda de Iberdrola contra Red Eléctrica (REE) por el apagón del 28 de abril de 2025 comienza a dar sus primeros pasos. Un juzgado de lo mercantil de Madrid ha confirmado su competencia para dirimir este litigio por presunta competencia desleal que la compañía presidida por Ignacio Sánchez Galán inició contra el operador del sistema eléctrico, después de que su presidenta, Beatriz Corredor, achacara durante una comparecencia en el Senado parte de la responsabilidad del cero eléctrico que tuvo lugar hace casi un año.

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La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid Plaza número 15 ha resuelto uno de los primeros escollos de este pleito y ha confirmado que es la jurisdicción civil, a la que pertenece la materia mercantil, la competente para conocer y resolver la demanda. Para Red Eléctrica, que pertenece al grupo Redeia (que también está demandada), el conflicto debía ventilarse ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y, en caso de que tuviesen que intervenir los tribunales, consideraban que la jurisdicción pertenecía al contencioso-administrativo.

El magistrado Teodoro Ladrón no opina lo mismo. En un auto dictado este martes 21 de abril, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid ―como se denominaba el órgano judicial antes de la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia― ha rechazado la declinatoria planteada por las demandadas al entender que el núcleo del procedimiento no es técnico ni regulatorio, sino estrictamente mercantil. La resolución indica que en la demanda no se discute cuál fue el “origen multifactorial” del apagón. Lo que impugna Iberdrola, señala, es “el descrédito, no el error técnico; ya que, puede haber descrédito sin error técnico y error técnico sin descrédito”.

El cruce de acusaciones entre Red Eléctrica y las compañías del sector por el apagón comenzó el misma día del incidente y fue escalando con el paso del tiempo. Iberdrola sitúa el presunto “descrédito” en la comparecencia de Beatriz Corredor en la comisión de investigación sobre la interrupción del suministro eléctrico y de las comunicaciones del Senado que tuvo lugar el 11 de septiembre de 2025. Durante su intervención, la presidenta de REE insistió en que “la causa del apagón fue el incumplimiento por parte de los grupos convencionales de la obligación vigente de control de tensión”. “Entre los días 28 y 29 de abril, no hubo ningún dispositivo ni infraestructuras de Red Eléctrica que fallara. Ninguno es ninguno. Fueron 5.000 maniobras impecables, y no hubo ningún otro agente del sector que tuviera un rendimiento así de eficiente”, defendió.

Pero no quedó ahí, sino que fue más allá. Corredor situó el origen del apagón masivo en un fallo de una planta fotovoltaica de Badajoz: “Tenemos constancia física y, por tanto, podemos demostrar que la oscilación extraordinaria que empezó a las 12.03 horas, de 0,6 hercios, proviene de la mala gestión y del mal control de una planta fotovoltaica de alta potencia instalada en la provincia de Badajoz, que se comportó de forma indebida y que provocó que el sistema se sintiera mucho más vulnerable como consecuencia de esa doble oscilación”.

Y añadió: “Le tengo que decir que esa misma planta había tenido un fallo semejante, acreditado y documentado el año anterior, y que los propios responsables de esa planta dijeron que habían estado haciendo un experimento en cuanto a la forma de gestionar esa planta. Por tanto, pregunte a los titulares de las plantas fotovoltaicas de la provincia de Badajoz, cuando tengan ocasión de venir, por qué se operó esa planta de forma distinta, que provocó una situación de 0,6 absolutamente anómala y para la que el sistema eléctrico europeo, obviamente, no tiene garantías ni seguridad”.

Aunque Corredor fue cautelosa y no dijo el nombre de los propietarios de la planta, el sector era consciente de que estaba aludiendo al parque solar Núñez de Balboa, que pertenece a Iberdrola. La eléctrica pilotada por Sánchez Galán puso en marcha entonces la ofensiva judicial con dos demandas: una contra el operador del sistema eléctrico y otra contra la propia Beatriz Corredor.

La primera se presentó por competencia desleal, al considerar que las manifestaciones son falsas y denigrantes. Fue admitida a trámite por el Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid, si bien antes de comenzar su análisis ha tenido que resolver los trámites de competencia.

La segunda acción judicial es una demanda dirigida directamente contra Corredor por vulneración del derecho al honor de la eléctrica a raíz de las manifestaciones en la Cámara Alta. Esta demanda aún está en una fase muy preliminar y se encuentra pendiente del intento de conciliación, exigida por la ley de eficiencia procesal del servicio público de justicia antes de llegar a juicio. Este trámite extrajudicial se llevará a cabo en los juzgados de Alcobendas (Madrid), localidad en la que tiene su sede REE.

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