En diciembre de 2024, Europa se convirtió en una de las primeras jurisdicciones del mundo en dotarse de un marco regulatorio para el mercado cripto con la entrada en vigor de MiCA. Estos dos años han servido tanto a la industria como a las autoridades para adaptarse a la legislación y observar sus fortalezas y lagunas. Y casi dos años después, los reguladores trabajan en una revisión de la normativa. La Comisión Europea abrió hace unos meses una consulta pública, que se cerrará a finales de mes, y este martes se ha publicado la postura del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) con sus propuestas para reformar el reglamento. Entre sus recomendaciones destaca una: el organismo recomienda flexibilizar los requisitos de liquidez que deben cumplir los emisores de stablecoins.
El Eurosistema propone sustituir la obligación de mantener una parte de las reservas en depósitos por otros activos líquidos
En diciembre de 2024, Europa se convirtió en una de las primeras jurisdicciones del mundo en dotarse de un marco regulatorio para el mercado cripto con la entrada en vigor de MiCA. Estos dos años han servido tanto a la industria como a las autoridades para adaptarse a la legislación y observar sus fortalezas y lagunas. Y casi dos años después, los reguladores trabajan en una revisión de la normativa. La Comisión Europea abrió hace unos meses una consulta pública, que se cerrará a finales de mes, y este martes se ha publicado la postura del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) con sus propuestas para reformar el reglamento. Entre sus recomendaciones destaca una: el organismo recomienda flexibilizar los requisitos de liquidez que deben cumplir los emisores de stablecoins.
Actualmente, la normativa europea obliga a estos actores a mantener entre el 30% y el 60% de sus activos de reserva en depósitos bancarios, dependiendo de si se trata de un emisor significativo o no. El objetivo detrás de este criterio es garantizar que las empresas tengan un colchón de liquidez suficiente para afrontar solicitudes masivas de reembolso en episodios de tensión en el mercado.
No obstante, es precisamente esta exigencia la que el BCE quiere revisar. El organismo considera que los emisores pueden mantener elevados niveles de liquidez y garantizar su solvencia incluso con otros instrumentos. Por ello, proponen eliminar la obligación de mantener un porcentaje mínimo de reservas en depósitos (aunque sin prohibirlo) y sustituirla por la exigencia de mantener unos niveles mínimos de reservas invertidas en activos muy líquidos, con vencimiento entre uno y cinco días laborales. Entre estos instrumentos destacan las operaciones de recompra inversa o repos (donde una entidad financiera vende a un inversor un activo indicando fecha de compra y precio) o letras del Tesoro a muy corto plazo.
El BCE defiende esta propuesta advirtiendo que los depósitos bancarios de los emisores de stablecoins, es decir, las reservas que respaldan los activos en circulación, no pueden considerarse estables desde la perspectiva de los bancos, ni constituyen una fuente de financiación estable para las entidades bancarias. En varias ocasiones, la autoridad monetaria ha alertado de que los depósitos mayoristas empeoran la liquidez de los bancos porque presentan mayores tasas de salida (por ejemplo, en caso de retiradas masivas), mayor sensibilidad a situaciones de estrés de mercado y están concentrados en un número reducido de actores. Todo ello puede traducirse en una menor estabilidad de la financiación bancaria y, en última instancia, afectar a la concesión de crédito.
La crisis de Silicon Valley Bank sirve de ejemplo. Las dificultades de la entidad estadounidense desencadenaron una retirada masiva de la stablecoin USDC, después de que se conociera que el emisor de la moneda estable, Circle, mantenía parte de sus reservas en este banco. El episodio puso de manifiesto que los problemas pueden propagarse en ambas direcciones: de los bancos a las stablecoins y viceversa. Esa conexión directa implica que una retirada repentina de depósitos por parte de los emisores podría tensionar la liquidez de las entidades afectadas e, incluso, tener consecuencias sistémicas.
Pero hay otro motivo detrás de la propuesta. Los bancos centrales también se ponen en la piel de las empresas, y reconocen que los depósitos no generan una rentabilidad significativa, lo que penaliza la viabilidad económica de este negocio. “Una rentabilidad adecuada es necesaria para garantizar la sostenibilidad del negocio de los emisores y, a su vez, preservar su solidez y favorecer el desarrollo de un mercado competitivo de stablecoins denominadas en euros”, remarcan en el informe. Por ello, el SEBC considera que flexibilizar los requisitos de liquidez en este sentido reforzaría la sostenibilidad financiera de estos emisores sin comprometer su capacidad de atender a posibles reembolsos.
Aunque se trata del aspecto más novedoso de la propuesta de los bancos centrales, no es el único. El organismo, integrado por el BCE y los bancos centrales nacionales, también aboga por fortalecer los requisitos de auditoría de los emisores y de los proveedores de servicios cripto, fijar criterios y límites más claros para la circulación de monedas estables denominadas en divisas extranjeras y reforzar los requisitos prudenciales aplicables a los principales actores del sector. Entre otras medidas, propone elevar las exigencias de fondos propios para las empresas más relevantes, especialmente aquellas consideradas significativas y las que operan fuera del ámbito bancario.
Además, los bancos centrales reiteran su rechazo al pago de intereses sobre las stablecoins, una práctica actualmente prohibida por MiCA pero que la Comisión Europea ha vuelto a poner sobre la mesa en su consulta. Piden también regular servicios como préstamos con cripto y staking —que consiste en bloquear los criptoactivos de un usuario para respaldar la seguridad y operaciones de una blockchain y lograr una rentabilidad—, cada vez más comunes entre las plataformas.
También se adentra en la regulación de los mercados tokenizados. El SEBC considera que los activos tokenizados no deberían quedar bajo el paraguas de MiCA y defiende que su regulación se base en el principio de neutralidad tecnológica. Es decir, actividades equivalentes deberían estar sujetas a las mismas reglas, independientemente de la tecnología que utilizan. “Los instrumentos financieros que produzcan los mismos efectos económicos y otorguen derechos y obligaciones sustancialmente similares no deberían recibir un trato distinto únicamente porque se emitan, registren o transfieran mediante tecnología de registro distribuido (DLT)”, insisten. El objetivo es evitar que el mismo mercado esté regulado por regímenes paralelos, lo que generaría solapamientos normativos, duplicidades normativas y oportunidades de arbitraje regulatorio.
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