El Gobierno aprobó el 29 de junio las condiciones para que las Administraciones públicas puedan contratar a empleados relevistas que sustituyan al personal laboral que quiera acogerse a la jubilación parcial. Así, esos empleados públicos al final de sus carreras pueden acogerse a la jubilación parcial, normalmente anticipadas, porque les cubre un relevista. La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros como un decreto ley, así que necesitaba ser avalada por el Congreso, respaldo recibido este martes. La abstención del PP ha permitido la convalidación de la medida, que ha obtenido 1677 votos a favor, 37 en contra -Vox y Podemos- y 144 abstenciones.
La abstención del PP ha facilitado la aprobación de esta medida de la que estaban pendientes miles de empleados públicos
El Gobierno aprobó el 29 de junio las condiciones para que las Administraciones públicas puedan contratar a empleados relevistas que sustituyan al personal laboral que quiera acogerse a la jubilación parcial. Así, esos empleados públicos al final de sus carreras pueden acogerse a la jubilación parcial, normalmente anticipadas, porque les cubre un relevista. La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros como un decreto ley, así que necesitaba ser avalada por el Congreso, respaldo recibido este martes. La abstención del PP ha permitido la convalidación de la medida, que ha obtenido 1677 votos a favor, 37 en contra -Vox y Podemos- y 144 abstenciones.
Estas jubilaciones habían quedado bloqueadas en abril de 2025, cuando empezaron a aplicar nuevos requisitos para este tipo de retiro: se exigía que el empleado relevista fuera indefinido y a tiempo completo. Las complicaciones para contratar con esas condiciones a relevistas en la Administración pública condujo al bloqueo de esas jubilaciones parciales del personal laboral, un grupo del que forman parte unos 700.000 trabajadores, la mayoría en corporaciones municipales y en universidades.
Ni el Ministerio de Función Pública, impulsor de esta medida, ni los sindicatos de funcionarios saben con exactitud a cuántos empleados afecta esta medida, ya que interpela a toda la Administración pública, pero desde la orilla sindical y desde la gubernamental se indica que son miles. En la Administración General del Estado son un millar al año, y ese área (con escasa prevalencia de este tipo de personal, según las centrales) concentra solo al 7,9% de los trabajadores públicos
El ministro de Función Pública, Óscar López, ha dicho esta mañana en el Congreso que el decreto ley “aporta soluciones reales, concretas, a miles de personas en su vida cotidiana; es la típica medida que mejora la vida de mucha gente y no empeora la de nadie”. “Por eso”, ha agregado López, “pido el apoyo a esta medida tan demandada, tan acordada y tan positiva para tanta gente”.
El departamento dirigido por López explica que este tipo de retiro permite a los trabajadores a tiempo completo que no hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación acceder a esta de forma parcial y anticipada siempre que, con carácter simultáneo, se celebre un contrato de relevo y cuando cumplan los siguientes requisitos: retirarse tres años antes de la edad de jubilación; acreditar un periodo de cotización de 33 años; tener una antigüedad en la empresa de seis años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial; que la reducción de su jornada de trabajo sea entre el 25% y el 75% y, si se anticipa en más de dos años, la reducción de jornada del primer año será entre el 20 y el 33%.
Para adaptarse al cambio de abril de 2025, el ministerio aprueba que las administraciones cuenten con un instrumento de planificación, “preferentemente las ofertas de empleo, donde establezcan la cobertura de jubilaciones parciales”. El ministerio precisas que la oferta de empleo público de 2026 en la Administración del Estado ya ha incluido 854 plazas para la contratación de personal relevista fijo y que “la contratación del personal relevista fijo se regirá por las reglas de acceso al empleo público”.
Además de la jubilación parcial del personal laboral, el decreto ley también incluye la revisión de las indemnizaciones por residencia del personal de la Administración General del Estado en Baleares, con efectos retroactivos desde el 1 de julio.
En el caso de Mallorca, el complemento de los funcionarios A1 pasa 115,01 a 214,61 euros; el de los A2 de 92,5 euros a 175,4; el de C1 pasa de 80,51 a 144,6; el de C2 de 53,39 a 119,2, y el de AP pasa de 49,48 a 105,31 euros, según recoge Europa Press.
Para el resto de islas, los A1 pasan de 127,33 a 697,6 euros, los A2 de 110,99 a 502,30 euros; los funcionarios C1 pasan de 101,42 euros de complemento a 405,10; los C2 de 68,60 a 297,90 euros y los AP pasan de 68,03 a 263,17 euros.
Con información de Virginia Martínez.
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