El límite de subida de la Tarifa de Último Recurso (TUR) del gas natural en un 15% incluido en el Real Decreto Ley por el que se revisa el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio del pasado marzo generará un déficit en dicha tarifa de unos 200 millones de euros en el periodo de aplicación del mismo: el último trimestre de este año y el primero de 2027, coincidiendo con el periodo invernal. Dicho déficit resulta de calcular los precios de las materias primas de los mercados (spot y futuros) que sirven para fijar el 30% de una tarifa regulada a la que están acogidos 3,1 millones de consumidores, que deberán pagar este desfase en diferido y con un tipo de interés del 3,22%. Por tanto, aunque ahora el Gobierno frene la subida, esos mismos clientes que ahora la abonan la pagarán de manera aplazada. Se trata de un respiro para el invierno, pues los precios del gas y su demanda bajan de manera importante a partir de la primavera.
El límite de subida de la tarifa regulada, que afecta a 3,1 millones de consumidores, se aplicará hasta abril y será una hipoteca que financiarán las comercializadoras
El límite de subida de la Tarifa de Último Recurso (TUR) del gas natural en un 15% incluido en el Real Decreto Ley por el que se revisa el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio del pasado marzo generará un déficit en dicha tarifa de unos 200 millones de euros en el periodo de aplicación del mismo: el último trimestre de este año y el primero de 2027, coincidiendo con el periodo invernal. Dicho déficit resulta de calcular los precios de las materias primas de los mercados (spot y futuros) que sirven para fijar el 30% de una tarifa regulada a la que están acogidos 3,1 millones de consumidores, que deberán pagar este desfase en diferido y con un tipo de interés del 3,22%. Por tanto, aunque ahora el Gobierno frene la subida, esos mismos clientes que ahora la abonan la pagarán de manera aplazada. Se trata de un respiro para el invierno, pues los precios del gas y su demanda bajan de manera importante a partir de la primavera.
A la TUR tienen derecho los hogares y microempresas con un consumo inferior a 50.000 kWh y conectados con una presión inferior a 4 bar (la tarifa tiene varios tramos, el habitual es el que incluye agua caliente, cocina y calefacción). El resto de usuarios, hasta 4,8 millones, están en el mercado libre, unos porque, aun teniendo derecho al precio regulado, han optado por el libre (existen muchas tarifas duales de gas y luz), y otros porque no tienen derecho al mismo al tener consumos superiores al establecido.
Según el texto del real decreto ley, publicado este miércoles en el BOE, el Gobierno ha optado por proteger a estos consumidores, muchos vulnerables, tras comprobar que de haber aplicado la metodología o fórmula de revisión automática trimestral de la TUR, de ella se desprendía un incremento del 45% (en algún tramo, más del 50%) respecto al tercer trimestre: de 2,65 céntimos/kWh en junio a 5,63 céntimos/kWh en octubre. El déficit, por tanto, será la diferencia entre haber subido la tarifa el 45%, con sus costes reales, y subirla finalmente el 15%.
Frente a lo que el Ejecutivo hizo con una medida similar que aplicó durante la crisis energética provocada por la guerra de Ucrania (entre octubre de 2021 y diciembre de 2023), en que la subvención fue sufragada vía Presupuestos del Estado, en esta ocasión ha decidido que el déficit lo financien las comercializadoras reguladas que suministran por ley la TUR y son filiales de Naturgy, Iberdrola, Endesa y TotalEnergies. Una hipoteca que los usuarios de esta tarifa les irán pagando hasta su amortización.
El tope se mantendrá este trimestre y el próximo, pero la TUR seguirá subiendo (aunque de la fórmula se derive alguna bajada trimestral porque desciendan los precios de la energía) en tanto persista la deuda del sistema. Así lo establece la norma: “Mientras existan cantidades pendientes de recuperar no se podrá reducir el valor del término Cn (materia prima) reconocido en la TUR”. En este trimestre el límite de subida de este término respecto al anterior será del 35% y en enero, del 15%. Además, para evitar que unos consumidores se beneficien de esta subvención temporal de la tarifa regulada pasándose en un futuro al mercado libre, se establece que “aquel que abandone la TUR antes de la completa recuperación de la cantidad adeudada deberá abonar a la comercializadora de último recurso el último valor de deuda media correspondiente a su escalón de peaje”.
Según el real decreto ley, la deuda se recuperará mediante el incremento del término de la materia prima aplicado en las revisiones posteriores a partir de la correspondiente al 1 de enero de 2027, con el límite del 15%, hasta su completa amortización. En cuanto al tipo de interés, este se calculará según el coste del valor de la deuda para las actividades vinculadas a la distribución de gas natural empleado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en el cálculo de la tasa de retribución financiera (TRF) del transporte, regasificación y distribución de gas natural para el periodo regulatorio 2027-2032, que acaba de entrar en vigor. Esto es, un 3,22%, “a pesar de que el Euríbor está en estos momentos en el 3,24%”, critican fuentes del sector. La TRF (que se fijó en el 6,46% para el transporte y el 6,87% para la distribución) tiene una parte sin riesgo y otra con riesgo, en este caso, se aplicaría la primera.
El real decreto ley recuerda que el valor de la TUR se revisa trimestralmente conforme a las fórmulas recogidas en una orden ministerial de 2009. Esta metodología vigente es la suma del coste de la materia prima (el citado término Cn); los peajes de acceso; los costes de comercialización (o margen de beneficio de las suministradoras) y los gastos por seguridad de suministro.
Se da la circunstancia de que la materia prima que se tiene en cuenta para revisar esta tarifa regulada no es el gas (cuya cotización alcanzó un nivel histórico de 85 euros/MWh el 14 de septiembreen el mercadoespañol Mibgas), sino el brent (por encima de los 100 dólares el barril entre el 9 y el 15 de septiembre). En el caso de los trimestres invernales (el primero y último del año) se tiene también en cuenta la cotización de los futuros del hub británico NBP. La fórmula ha sido contestada por las comercializadoras, porque no está ligada a los precios del gas (al que compran ellas), sino al del crudo, y por tener como referencia el NBP, de poca liquidez, y no el TTF holandés.
El déficit del gas, a diferencia del que se acumuló en el sistema eléctrico, se sufragará con el precio de la energía. En el caso de la luz se trasladó inicialmente a los peajes, contra lo que arremetió Bruselas, pues estas tarifas de acceso están reguladas, son competencia de la CNMC y no se les puede endosar ningún coste ajeno al de las redes. Para solventarlo, el Gobierno incorporó otra parte fija a la factura, los llamados cargos, con los que financia costes como ciertas primas a las renovables, las anualidades de la deuda eléctrica o las subvenciones a las islas. En la TUR del gas no existen los cargos.
Otra medida de real decreto ley que afecta a las comercializadoras se refiere a la obligación de tener almacenado gas hasta el equivalente a 21 días de consumo en media mensual, frente a los 16,5 días que regían hasta ahora.
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