
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) instó este martes a las empresas y organizaciones a registrar sus alias comerciales antes del 15 de septiembre de 2026 para evitar que los operadores de telecomunicaciones bloqueen la identificación de sus mensajes SMS, MMS y RCS a clientes. La medida, orientada a verificar la autenticidad de los remitentes y combatir las estafas por suplantación de identidad, deja solo 15 días a las entidades para completar la inscripción antes de la entrada en vigor del nuevo régimen de filtro.
Solo las grandes compañías han completado el trámite para evitar la interrupción de sus mensajes con marca, mientras que pymes y autónomos acumulan retrasos
Solo las grandes compañías han completado el trámite para evitar la interrupción de sus mensajes con marca, mientras que pymes y autónomos acumulan retrasos


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) instó este martes a las empresas y organizaciones a registrar sus alias comerciales antes del 15 de septiembre de 2026 para evitar que los operadores de telecomunicaciones bloqueen la identificación de sus mensajes SMS, MMS y RCS a clientes. La medida, orientada a verificar la autenticidad de los remitentes y combatir las estafas por suplantación de identidad, deja solo 15 días a las entidades para completar la inscripción antes de la entrada en vigor del nuevo régimen de filtro.
Fuentes del sector indicaron que las grandes empresas de servicios, compañías energéticas, entidades bancarias, aseguradoras y operadores de telecomunicaciones han completado de forma mayoritaria la inscripción de sus denominaciones en el registro oficial. En contraste, las mismas fuentes señalaron que las pequeñas y medianas empresas (pymes) y los trabajadores autónomos registran un nivel de adhesión muy inferior, atribuyendo esta situación a la falta de información sobre la normativa o a la gestión de sus canales de comunicación.
La normativa afecta a todas las entidades que envían notificaciones transaccionales o informativas utilizando apodos alfanuméricos —como nombres de marca, denominaciones sociales o dominios web— en lugar de un número de teléfono numérico tradicional. Comercios, operadores de transporte, prestadores de servicios médicos y administraciones públicas figuran entre las organizaciones obligadas a realizar el trámite para mantener su identificación en pantalla ante los usuarios finales.
A partir del 15 de septiembre, los operadores de telecomunicaciones bloquearán la circulación de aquellos mensajes SMS, MMS o RCS que utilicen alias que no estén inscritos en el Registro de Alias de la CNMC. Asimismo, las compañías telefónicas deberán interceptar los mensajes registrados que provengan de operadores no dados de alta en el sistema. Las empresas no inscritas podrán continuar enviando comunicaciones electrónicas a sus clientes, aunque los mensajes se entregarán exclusivamente a través de numeración telefónica estándar sin el alias corporativo.
El procedimiento administrativo se fundamenta en la Orden Ministerial del pasado 12 de febrero, y en la Circular de la CNMC de 18 de marzo. Ambos textos regulan los requisitos técnicos, de formato y de vinculación de los remitentes alfanuméricos como parte del Plan Antiestafas del Gobierno. El mecanismo permite a los operadores contrastar que el nombre que aparece como remitente corresponde de forma efectiva a la empresa que origina el mensaje.
La CNMC solicitó a las organizaciones que hayan recibido requerimientos oficiales sobre la inscripción de sus marcas que respondan a las comunicaciones con antelación suficiente para evitar interrupciones en sus servicios comerciales e informativos. El regulador precisó que las empresas que no se registren antes del 15 de septiembre podrán tramitar e inscribir sus alias en cualquier momento posterior para recuperar el envío de mensajes identificados.
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